Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal del Municipio San José de Guanipa Actuando En Funciones De Responsabilidad Penal Sección Adolescentes De La Circunscripción Judicial Del Estado Anzoátegui Extensión El Tigre, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa a favor del Adolescente SE OMITE; de conformidad con lo establecido en el articulo 561 literal "d" de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en relación con el articulo 318 numeral 3 y 48 numeral 8 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, aplicables por remisión del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a quienes se les imputaba la comisión de unos de delitos LESIONES CULPOSA DE CARÁCTER GRAVE, previsto y sancionado en el articulo 420 numeral 2 del Código Penal Venezolano de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y d.....