este Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA SECUESTRADO un inmueble constituido por un (1) apartamento distinguido con el número y letra C-31, Conjunto Residencial "Plaza Marina", edificio C, situado en el Conjunto Turístico El Morro de la ciudad de Lechería del Municipio Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, con un área aproximada de Cincuenta y Dos Metros Cuadrados con Setenta y Tres Decímetros (52,73 m2) y se encuentra alinderado de la manera siguiente: Norte: Con la fachada norte del edificio; Sur: En parte con el pasillo de distribución de los apartamentos, por donde tiene acceso y en parte con la fachada sus del edificio; Este: Con el apartamento C-treinta y dos (C-32); y Oeste: Con el modulo de las circulaciones verticales y área de servicios generales del.....