Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, DECRETRAR el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a la ciudadana MARGARETH RAMOS, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENSIONALES LEVE, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal Venezolano, cometidas en perjuicio de la adolescente YASMELY RODRIGUEZ, y solicitada por la vindicta pública, en virtud de que la acción penal se ha extinguido, todo de conformidad con el artículo 318 Ordinal 3° en concordancia con 320 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese. Notifíquese.