En consecuencia se acuerda citar a la Ciudadana INGRID VANESSA DIAZ MOLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.368.267, domiciliada en la Avenida Tajamar, El Paraíso N° 27, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, para que comparezca por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº 02, al segundo (2do) día de Despacho siguiente a su citación, a los fines de que dé contestación a la presente demanda. Librese Boleta de Citación. Notifíquese al ciudadano al ciudadano ALEJANDRO DE JESUS MOLINA SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-14.292.170, domiciliado en: la Calle Los Mangos, N° 22, Urbanización Vista Linda, Barcelona, Estado Anzoátegui, para a los fines de que este presente en el acto conciliatorio que realizará la ciudadana Juez entre las partes. Se le advierte a ambas partes que en la misma oportunidad, se verificara el Acto Conciliatorio a las diez y treinta de la mañana (10:3 0 A.M), y .....