Este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara SIn Lugar la apelación interpuesta por la parte demandada, ciudadano CARLOS ENRIQUE FIGUEROA MARÍN contra la decisión dictada en fecha 7 de septiembre de 2004, por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, Sala Nº.1., a cargo de la Dra. GLADYS SÁNCHEZ DE GUZMÁN, la cual declaró Con Lugar la acción por Obligación Alimentaria, incoada por la ciudadana ESTHER BADWILL TIAPA, en representación de su hija MARÍA LAURA FIGUEROA BADWILL, contra el ciudadano CARLOS ENRIQUE FIGUEROA BADWILL, y fija la obligación alimentaria en la cantidad de medio salario mínimo urbano, los cuales serán cancelados mensualmente; se acuerda asimismo que los gastos generados por asistencia médica odontológica, recreación y cultura serán cubiertas en un porcentaje del 50% por ambos padres. Se acuerda el suministro adicional equivalente al 12% .....