Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Se DECRETA MEDIDA CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD a favor de los ciudadanos JOSE LUIS REQUENA AREINAMO, quién es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.142.381, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 15/11/1982, de 24 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio: Estudiante, hijo de los ciudadanos: LUIS REQUENA Y ROSA AREINAMO, domiciliado en: Sector Pascal, Conjunto residencial Marina Beach, 7-2, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui; CARLOS ALBERTO ACOSTA URDANETA, quién es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.055.381, natural de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 07/04/82, de 25 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio: Estudiante, hijo de los ciudadano.....