Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Ejecución Sección de Adolescente de este Circuito Judicial Penal administrando Justicia en nombre de Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA LA REVISION DE LAS SANCIONES DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA y SERVICIOS A LA COMUNIDAD, por el plazo de CUATRO (04) MESES, DE CUMPLIMIENTO SIMULTANEO e impuestas al hoy joven adulto IDENTIDAD OMITIDA por el Tribunal de Control Nº 02 Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES CALIFICADAS, tipificado en el artículo 416 del Código Penal, en concordancia con el artículo 418 Ejusdem, realizado en perjuicio del ciudadano JOSE MANUEL ALONZO RODRIGUEZ y en consecuencia PRIMERO: MANTENER las sanciones de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA y SERVICIOS A LA COMUNIDAD ,impuestas al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, por el Tribunal de Control Nº 02 Sección .....