Seguidamente, el ciudadano notificado Abogado Guillermo Martínez Vilchez, antes identificado en conocimiento del contenido del mandamiento de ejecución manifestó: "Quedo en cuenta de la notificación que me hace este Tribunal y de la medida de embargo a practicarse en este acto. Es todo". Seguidamente, la Juez Segundo Ejecutor de Medidas, solicita del notificado, informe al Tribunal si la empresa demandada Sociedad Mercantil VENEZUELA TRADING COMPANY, C.A., antes identificada; tiene a su favor facturas, créditos o cuentas por cobrar en esta empresa, y en caso de ser afirmativa la respuesta, indique el monto que le corresponde. En este estado, interviene el notificado y expone: "Solicito al Tribunal me conceda los dos (2) días hábiles para notificar la existencia de Acreencias que P.D.V.S.A, proyecto COROCORO, tuviese a favor Sociedad Mercantil VENEZUELA TRADING COMPANY, C.A., de conformidad con lo establecido en el artículo 594 del Código de Procedimiento Civil. Es todo". En este estado.....