Por los razonamientos que anteceden, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en el presente juicio de Cobro de Bolívares, que hubiere sido incoado por el ciudadano OSCAR JOSE SUFIA ANTUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula identidad Nº 12.680.709, en su condición de Presidente de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA SOL Y LUZ 796 R.L., inscrita por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, bajo el N° 38, Folios 271 al 283, Protocolo Primero, Tomo Tercero, Tercer Trimestre del año 2004, representada por su Presidente, ciudadano OSCAR JOSE SUFIA ANTUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula identidad Nº 12.680.709, asistido por el abogado en ejercicio LUIS ENRIQUE SOLORZANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el nº 36.466, contra.....