Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decretó ORDEN DE APREHENSION en contra de los ciudadanos NAIROBIS CAROLINA DIAZ GUITIERREZ, venezolana, de 35 años de edad, nacida en fecha 30-05-1981, titular de la cédula de identidad N° V-16.006.117, todo ello en el ejercicio de las facultades establecida en los artículos 285 numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 16 ordinal 6º y 37 ordinal 16º de la Ley Orgánica del Ministerio Público, 11, 24, 111 ordinal 11º, 236 todos del Código Orgánico Procesal Penal; por la presunta comisión del delito de SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, previsto y sancionado en el artículo 239 del Código Penal, ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el articulo 37 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, aprovechamiento de de vehículos prev.....