Éste Tribunal Sexto Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACORDÓ: CON LUGAR la solicitud realizada por el abogado ARMANDO JOSE TORRES L, abogado en el libre ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el numero 62.459, de este domicilio, actuando en este acto en representación de la Sociedad Mercantil JESUS DE NAZARETH, C.A, RIF Numero J-403333491, y ordena hacer la entrega de la cantidad de UN MIL QUINIENTAS NOVENTA Y DOS (1.592) CABILLAS DE MATERIAL FERROSO, las cuales se encuentran retenidas en calidad de Deposito en el Destacamento 522 de la Tercera (3era ) Compañía, Zona numero 52, Puesto de Control Integral Clarines, Estado Anzoátegui.