Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui Administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la Medida Preventiva de Secuestro solicitada por el parte demandante en el Escrito libelar, en el juicio de Nulidad de Acto de Declaración Sucesoral, incoada por la ciudadana, Zoraida Rodríguez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.010.862, en contra de los ciudadanos Iraide Flores, Evangelista Rodríguez de Veliz y Freddy Manuel Hernández, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.168.429, 2.804.665 y 9.056.058, respectivamente. Así se decide.
No hay condenatoria en costas, dado el carácter de este fallo.
Publíquese. Regístrese. Déjese copia de esta decisión.