Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia, en función de Ejecución, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: La CESACION de la medida de REGLAS DE CONDUCTA por el tiempo de SEIS (06) MESES; impuesta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA por el Tribunal de Primera Instancia, en función de Juicio Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, por haber sido declarado responsable por la comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA en grado de COPERPETRADOR, previsto en el artículo 458 en relación con el 83, ambos del Código Penal Venezolano cometido en perjuicio de los ciudadanos OSWALDO JOSE MARCANO LEON y CARLOS ENRIQUE AGUACHE ROJAS; Y ORDENA: DEJAR SIN EFECTO LAS ÓRDENES DE UBICACIÓN Y DE CAPTURA dictadas en contra del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA. En consecuencia se Declara .....