En este estado interviene el tribunal y expone: "El tribunal hace que el ciudadano LUIS ISRAEL SALAZAR PRADO, venezolano, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad Nº V-14.803.442, se encuentra debidamente representado por su apoderado judicial el Abogado OSCAR GARCIA SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 119.158, y que este tiene amplias facultades para transigir, y así mismo hace constar que el abogado GEFFRI CEBALLOS RUIZ, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 22.359, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada en solidaridad, entidad de trabajo INDUSTRIA DE MAQUINARIAS E IMPLEMENTACIONES AGRICOLAS BERTONI, C.A.,(MIABECA), y que tiene facultades para transigir, y que la cantidad sometida a transacción, alcanza el monto de UN MILLON TRESCIENTOS MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (BS. 1.300.000,00), y siendo que después de terminada la relación de trabajo, los derechos laborales discutidos en juicio son disponibles, por lo que a juicio.....