En consecuencia, este Tribunal de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: LA NULIDAD ABSOLUTA DE LAS ACTAS DE INICIO Y CONTINUACIONES DEL DEBATE ORAL Y PUBLICO, celebradas durante los días 19 de Marzo de 2010; así como todos y cada uno de los actos subsiguientes que guarden relación con la audiencia oral anulada, de conformidad con los artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: REVOCA POR INCUMPLIMIENTO LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, y en consecuencia se acuerda expedir ORDEN DE CAPTURA a los acusados SIMON ANTONIO LOPEZ y RAMONA DE LOURDES RODRIGUEZ, plenamente identificado en autos, según las previsiones de los Artículos 262, Ordinal 2° y 251 del Código Orgánico Procesal Penal; a los fines de garantizar las resultas del Proceso. TERCERO: Se decreta Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad en contra del acusado de.....