este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, extensión El Tigre, Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara IMPROCEDENTE, la solicitud de REPOSICION DE LA CAUSA, efectuada por el ciudadano NELSON JOSE ITRIAGO, solicitud ésta que se desprende de Escrito consignado en fecha ocho (08) de Mayo del dos mil siete (2007), en la Instalación de la Audiencia Preliminar.
Publíquese, Regístrese y déjese copia en el compilador respectivo.
Dada, firmada y sellada en la Dala del Despacho del Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, extensión El Tigre, a lo nueve (09) días del mes de Mayo del dos mil siete (2007). Años 195º de la Independencia y 148º de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL,
Abg. MERCEDES SANCHEZ RODRIGUEZ.
LA SECRETARIA,
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