Quien suscribe dicho DESISTIMIENTO, tiene facultad para hacerlo, pues se trata de la parte actora en la presente causa, con las facultades para realizar cualquier acto derivado del mismo, y aun más, un acto de AUTOCOMPOSICION PROCESAL como el que nos ocupa, por l o que el Despacho nada tiene que objetar a dicho DESISTIMIENTO, y en virtud de ello este Juzgador le concede la HOMOLOGACIÓN DE LEY