El Tribunal, procede a designar como DEPOSITARIO JUDICIAL al representante de la Depositaría Judicial Anzoátegui, C.A, ciudadano: JEAN CARLOS LANZ JARAMILLO, titular de la cédula de identidad Nº 12.014.131 y como PERITO AVALUADOR al ciudadano: EDGAR BRITO, titular de la cédula de identidad Nº 13.258.827, quienes estando presentes en éste acto aceptaron sus respectivos cargos y prestaron el debido juramento de ley. En éste estado el Tribunal realizó el debido llamado de ley, donde no respondió persona alguna, haciendo éste Juzgado Primero Ejecutor de Medidas una espera de una (01) hora de espera. Seguidamente intervine el Abogado en ejercicio TEODORO GOMEZ RIVAS, con Inpreabogado bajo el Nº 15.993, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora y expone: "Solicito al Tribunal que en virtud de la espera, se traslade a su sede principal. Acto seguido los Representantes de la Depositaría Judicial Anzoátegui, C.A informa a éste Juzgado Primero Ejecutor de Medidas, que se retiran .....