Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Por Decaimiento de la Acción extinguido el proceso, interpuesto por el Abogado, GUALBERTO GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 83.736, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano: OSCAR ERNESTO ROMERO contra la UNIVERSIDAD DE ORIENTE.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia Nº 1466 de fecha 05 de agosto de 2004, se omite la publicación del cartel.
TERCERO: Remítase el expediente a Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial, a los fines consiguientes.