Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Anaco de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, EJERCIENDO FUNCIONES DE CONTROL EN EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta la IMPOSICIÓN DE MEDIDA CAUTELAR al adolescente (SE OMITE POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 LOPNNA), venezolano, de 17 años de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-27.951.356, Fecha de Nacimiento: 22-08-99, residenciado en la Calle Ricaurte casa s/n Sector Las Vegas de la ciudad de Anaco Estado Anzoátegui, por estar presuntamente incurso en la comisión del delio de HURTO CALIFICADO previsto y sancionado en el artículo 452 Ordinal 1º del Código Penal Venezolano, consistente en la presentación del adolescente (SE OMITE POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 LOPNNA), ante la sede de este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecut.....