En consideración a los méritos expuestos este JUZGADO ORDINARIO DE MUNICIPIO DE LOS MUNICIPIOS FERNANDO DE PEÑALVER Y PÍRITU DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Cumplimiento de Obligación Alimentaria, incoada por la ciudadana la ciudadana AURORA TERESA RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, venezolana, divorciada, de este domicilio, titular de la cedula de identidad nro.V-8.257.385, contra el ciudadano RUBÉN MEDINA CRUZ, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad nro.V-6.213.536, condenándolo a cumplir con :1- depositar mensualmente la cantidad de Doscientos Cincuenta Mil Bolívares (BS 250.000,00), en dos partidas sucesivas en la cuenta de ahorros en el Banco Banfo-Andes. 2- Cancelar la cantidad de Dos Millones Novecientos Mil (Bs 2.900.00,00) por concepto de pensiones atrasadas, a razón de doscientos mil bolívares .....