Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia Sección de Adolescentes en función de Juicio del Circuito Judicial Penal Del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA el TRASLADO del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, al Hospital Razetti, para que sea evaluado por un Cardiólogo, para el día de mañana VIERNES 10 DE JULIO DEL AÑO 2009, A LAS 08:00 A.M. comisionándose suficientemente a funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Municipio Sotillo, Estado Anzoátegui, quienes deberán reingresarlo al Centro de Atención Integral II, de Varones de Pozuelos, lugar en el cual se encuentra recluido, cumplida la misión señalada. Todo de conformidad con los artículos 41 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y el articulo 83 de la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Líbrese oficio y Boleta de Traslado. Notifíquese a las .....