Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción judicial del estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, NIEGA la solicitud de medida de Prohibición de enajenar y gravar solicitada en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoada por el ciudadano ANIBAL JOSÉ ROJAS, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la Ciudad de Puerto La Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui y titular de la cédula de identidad Nº 10.298.161, a través de su apoderado judicial, abogado en ejercicio JUAN SEBASTIAN GARCÍA VILLEGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 139.112, en contra del ciudadano FILIPPO SALVATORE ALBA DI LUCA, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la Ciudad de Puerto La Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui y titular de la cédula de identidad Nº 7.925.144.- Así se decide.
No .....