Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA POR APLICACION DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, a favor del imputado ANDRES DE JESUS MARTINEZ CEDEÑO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 14.220.746, natural de MARGARITA, Estado Sucre, donde nació en fecha 17-08-1979, de 28 años de edad, de estado Civil casado, de Profesión u Oficio chofer, hijo de los ciudadanos Andrés Abelino y Carmen Cedeño, residenciado en CALLE IGUALDAD, CASA N° 11-46, PUEBLO NUEVO, PORLAMAR, PORLAMAR, ESTADO NUEVA ESPARTA, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el articulo 409 del Código Penal. de conformidad con el articulo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.