Por lo antes  indicado, este Tribunal  de Control  Nº  2  del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescente  del  Circuito  Judicial  Penal  del Estado  Anzoátegui, Administrando Justicia  en Nombre  de la República Bolivariana de  de Venezuela  y por Autoridad de la Ley,  RESUELVE:  PRIMERO : DECLARAR  EN REBELDIA  a los  ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA, SEGUNDO: Se ORDENA la ubicación  Inmediata  de los ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA. A los efectos de practicar la ubicación del prenombrado ciudadano se comisiona suficientemente al Instituto Autónomo de la Policía Municipal de Municipio Simón Bolívar y  Sotillo. TERCERO: Se ordena la SUSPENSION del presente asunto hasta la ubicación de los ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA. Líbrese los oficios correspondientes. Cúmplase.