En razón a los argumentos expuestos; este Juzgado Superior en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECLINA la competencia para conocer del presente recurso de nulidad interpuesto por el abogado Ricardo Castillo Serrano, inscrito en el IPSA bajo el N° 88.068, apoderado judicial del ente jurídico CONSORCIO SIMACA-PROYCCA, asociación mercantil contra el Acto Administrativo de Efectos Particulares contenido en la Providencia Administrativa N° 36-04, dictada por la Inspectoría del Trabajo de Barcelona, Estado Anzoátegui, de fecha 23 de julio de 2004, que recayó en el Expediente N° R-561-03, en la CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. En consecuencia ordena remitir el presente Expediente N° BP02-N-2004-000353, a los fines de que conozca del mismo. Así se decide.