Por las razones de Hecho y de Derecho precedentes, este Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.- SIN LUGAR los recursos de apelación interpuestos por las representaciones judiciales de las empresas codemandadas GRUPO ALVICA, S.C.S., PETROLERA AMERIVEN, S.A. y VENEZOLANA DE INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES CLERICO C.A., VINCCLER, C.A., contra la decisión dictada por el Juzgado Primero Transitorio de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 12 de abril de 2005. Se condena en costas de conformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; 2.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora contra la referida decisión; 3.- Se MODIFIC.....