Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui en funciones de Control Nro. 03, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por PRESCRIPCIÓN DE LA ACCION PENAL en el hecho donde aparecen señalados como imputados ALEXANDER MARTINEZ MOY, MANUEL SOLORZANO SERRANO, ALBERTO MAESTRE VELASQUEZ, JOSE DIAZ DIAZ, EDGAR ARCILA GERARDINO, DOMINGO GUAREGUA LOPEZ, TORIBIA DEL CARMEN LOPEZ Y LUIS MONASTERIOS GONZALEZ, titulares de la cedula de identidad números: V-8.288.017, V-8.203.940, V-13.169.514, V-8.293.202, V-8.283.287, V-8.262.001, V-8.313.792 y V-10.570.767, respectivamente, de conformidad a lo previsto en los artículo 318 ordinal 3ro., artículo 48 ordinal 8vo. Del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el ordinal 4° del artículo 108 del Código Penal.
Regístrese, publíquese, déjese copia, notifíquese a las par.....