Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD Y MEDIDAS CAUTELARES SUTITTUTIVAS, en contra del imputado CARLOS ALBERTO FIGUEROA CARUCI; titular de la cédula de identidad Nº 14.076.989, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido el 11/10/1978, de 29 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Taxista, hijo de CARMEN DE FIGUEROA (V) y ANGEL RAFAEL FIGUEROA (V), con domicilio en el Barrio Los Yaques, Callejón El Milagro, Nº 08, Puerto la Cruz, por los delitos de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, previstos y sancionado en el ordinal 4º del artículo 44 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; en perjuicio de FRANCOISE GUZMAN, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 87, Ordinal 6º en .....