En consecuencia, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Ejecuta el Sobreseimiento de la causa, seguida al ciudadanos los ciudadanos EDGAR ALEXANDER PADILLA LEZAMA, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.565.658, natural de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 07 de Octubre de 1977, de 27 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de los ciudadanos ANIBAL PADILLA (V) e IRMA LEZAMA (V), residenciado en la Calle Principal, Casa N° 131, Chorrerón, Guanta, Estado Anzoátegui; LILIANA UTRERA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-12.303.732, natural de Altagracia de Orituco, Estado Guárico, donde nació en fecha 05 de Noviembre de 1972, de 32 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio del hogar, hija de los ciudadanos CARMEN MILAGROS UTRERA (D) y de padre desconocid.....