Una vez escuchados los alegatos de la parte actora, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Medida de Protección COLOCACION FAMILIAR solicitada, a favor de la niña (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , la cual se va a ejecutar en familia extendida, quedando bajo la Responsabilidad de Crianza, Custodia y Responsabilidad de su Abuelo materno ciudadano ANGEL JOSE RODRIGUEZ RIVERO y su concubina ciudadana LEONARDA LIZARDO; a quien por ser parte integrante de la familia de origen extendida de la niña de marras, se le acuerda su INTEGRACION Y PERMANENCIA en el hogar de los referidos ciudadanos anteriormente identificados, quienes deberá.....