En consecuencia, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Ejecuta el Sobreseimiento de la causa, seguida al ciudadanos los ciudadanos VICTOR RAMON LAREZ PARAGUATEY, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 13.317.223, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 13-07-1978, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Ayudante Mecánico, hijo de VICTOR RAMON LAREZ Y MARIA PARAGUATEY, residenciado en Tierra Adentro, Calle Bermudez, N° 19, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, y ALEXIS RAMON LAREZ PARAGUATEY, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 11.909.421, natural de Barcelona, Estado Anzoa´tegui, nacido en fecha 23-03-71, de 33 años de edad, hijo de VICTOR RAMON LAREZ Y MARIA PARAGUATEY, residenciado en Tierra Adentro, Calle La Línea, N° 34, Puerto La Cruz, Esstado Anzoátegui; por la presunta comisión del del.....