Por todas las consideraciones anteriores, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la apelación interpuesta por la profesional del derecho JUANA PEREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 100.220, en representación de la parte demandante contra sentencia proferida por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 17 de noviembre de 2006, en el juicio que por DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, incoaren los ciudadanos LUIS JOSE RAMOS VALLENILLA, CRISTOBAL DE JESUS FUENTES JIMENEZ y LUIS JOSE VALDEZ SERRANO, contra la sociedad mercantil VENALMAQ, C.A., en consecuencia, se REVOCA la sentencia objeto de apelación en todas y cada una de sus partes y se ordena al precitado Juz.....