Es por lo que considera improcedente quien aquí juzga, pronunciarse sobre la solicitud de la Fiscalía con respecto a que se le acuerde prorroga de 15 días contenida en el articulo 250 de la Ley adjetiva. En virtud de que el imputado de marras se encuentra tal como se estableció en la audiencia de presentación de imputado sin ningún tipo de medida de coerción, es por lo que este Tribunal considera improcedente tal solicitud y así lo decide. Notifíquese al fiscal del Ministerio Público.
EL JUEZ DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS Nº 01
ABG. FABRICIO LÒPEZ
EL SECRETARIO
JOSE ANTONIO OSAL