Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara Inadmisible la presente Amparo Constitucional, intentada por los ciudadanos Tom Eric Svensson y Claudia Patricia Hortua, norteamericano el primero y colombiana la segunda, titulares de las cédulas de identidad Nºs. E- 83.022.772 y E- 82.284.036, respectivamente, a través de su apoderado judicial, abogado Henry Giral, inscrito en el Inpreabogado con el Nº. 82.376, contra el Juzgado Noveno Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, y los ciudadanos Carlos José Rodríguez Martínez y María Auxiliadora Leiva de Rodríguez, titulares de las cédulas de id.....