DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de divorcio, fundamentada en el articulo 185-A del Código Civil venezolano vigente, formulada por los ciudadanos JOSE GREGORIO ALVAREZ y FRANCYS RUTH GRANADO, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-15.340.744 y V-11.162.208 respectivamente, en virtud de haber transcurrido más de cinco (05) años de haberse separado de hecho los mencionados ciudadanos. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por ellos por ante el Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial, del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 07 de Abril.....