Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EL ABANDONO DE LA ACUSACION intentada por los Abogados JORGE LUIS MARTINEZ, y ROSA MARTINEZ, actuando en su carácter de Apoderados de los ciudadanos GUSTAVO DE JESUS JIMENEZ, y ADRIANA JOSEFINA FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 12.389.835, y 8.291.401, domiciliados El Sector Jardines del Valle, del Barrio el Viñedo, Barcelona, Estado Anzoátegui, contra la ciudadana ESMIRDA GOMEZ, venezolano, mayor de edad, con domicilio en Los Jardines del Valle, del BARRIO EL Viñedo, Casa N° 07, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de DIFAMACION, previsto y sancionado en los artículos 444, y 445 del Código Penal, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 416 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia SE DECRETA .....