Este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL, ejercido por la abogada GLEDYS GARCIA NORIEGA de MALAVE, I.P.S.A Nº 31.234, actuando en su propio nombre, contra la decisión del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de fecha 02 de diciembre de 2010, que declaró ..."Por tanto y en razón de todo lo antes expuesto, este tribunal evidenciando que el auto de fecha 16 de julio de 2010, en ninguna forma vulnera ni el orden público, ni el derecho a la defensa y al debido proceso, así como lo señalara la hoy apelante, debe como en efecto así lo dejara sentado en la dispositiva del presente fallo, forzosamente declarar sin lugar la apelación e.....