Por todas las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niño, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona,, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declarada PERECIDO, el Recurso de Apelación ejercido por la abogada en ejercicio LISBELY GUADALUPE TENORIO MONTBRUM, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 53.184 actuando en su carácter de apoderada judicial de la CIUDADANA Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , en la cual apela de la SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA dictada por el TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÒN, SUSTANCIACIÒN Y EJECUCIÒN DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES a cargo de la Jueza Dra. AMERICA FERMIN, en fecha 10/12/2015 que declaró Impro.....