Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Función de Juicio Nº 03, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: De conformidad con el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, se asume el control jurisdiccional y se constituye éste Tribunal en forma Unipersonal, en el asunto seguido en contra del acusado GERSON JESUS VASQUEZ PALACIO, titular de la cédula de identidad número Indocumentado, por la comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO, ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, cometido en perjuicio de la victima MIGUELINA RODRIGUEZ; ordenándose la celebración del juicio oral y público para el día 30-03-2.010, A LAS 09:40AM. Líbrense las correspondientes boletas de notificación y citación, instándose a la Oficina de Alguacilazgo para que de cumplimiento a la consignación de las boletas con antelación a la celebración .....