Este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, en la presente Acción de Amparo, interpuesta por la ciudadana ODALIS DEL VALLE LUNA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.290.055, actuando en nombre y representación de sus hijas, las adolescentes ODAGLYS JOSEFINA Y CRISTINA JOSEFINA MARVAL LUNA, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MARIA MAGDALENA HERNANDEZ RODRIGUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 82.560, contra la sentencia proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en el Expediente Nº BP02-F-2008-000087, contentivo de la demanda de PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, seguido por el ciudadano DOUGLAS RAFAEL MARVAL contra la recurrente.