"...ordena la notificación de los demandados, ciudadanos Daniela Karina Sanzonettis Fontana y Alfredo Fuentes, por medio de carteles, conforme a lo dispuesto en el Artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, para la continuación del presente juicio.- Líbrese Cartel de Notificación y entréguese un (01) ejemplar a la parte interesada, a los fines de su publicación en el Diario "ANTORCHA" con el intervalo de Ley y adviértase al demandado que transcurridos como fueren diez (10) días de Despachos, contados a partir de la publicación y consignación en autos que del presente cartel se haga, sin haber comparecido ni por sí ni por medio de Apoderados, se entenderá por notificada.-"