"...Acto seguido este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, verificados como han sido por el experto designado los bienes señalados como objeto de embargo preventivo por la parte actora y vista la consignación realizada por el perito las aceptas y acuerda agregarlas a la presente acta y oída la solicitud de la parte actora en cuanto a que se de cumplimiento a la presente medida este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE hasta por la cantidad de SEISCIENTOS VEINTITRES MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs 623.500,00) los siguientes bienes muebles. 1) cinco casetas de vigilancia, de las cuales tres (3) se encuentran terminadas totalmente, con sus piezas de baños, aire acondicionado de 18.000BTU, ventanas de vidrio, puertas y escalera, a las cuales se le asigna un valor de Ciento Veint.....