Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal del Municipio Anaco de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en uso de sus atribuciones legales, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente demanda de Revisión de Manutención incoada por el ciudadano Cristian José Aray, plenamente identificada en autos, en consecuencia de conformidad con el artículo 08 de la lopnna, referente al interés superior del Niño y Del Adolescente, el cual es de obligatorio cumplimiento, referente al interés superior del niño niña y adolescente, el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de decisiones que involucren a niños y adolescentes (Subrayado del Tribunal), y que va dirigido al desarrollo integral de los menores, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, y con fundamento en lo establecido en el literal "E" del parágrafo primero del articulo 8 en referencia, es decir, la condición especifica de los menores, que se encuentran.....