Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia, Sección de Adolescentes, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: LA CESACION de la medida de PRIVACION DE LIBERTAD ASISTIDA, que por el lapso de DOS (02) MESES fue impuesta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, ya identificado, en decisión de fecha 09 de Mayo del año 2007, dictada por este Tribunal de Primera Instancia, Sección de Adolescentes, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, por el delito ROBO GENERICO EN GRADO DE COAUTOR, tipificado en el artículo 457 en concordancia con el artículo 83 ambos del Código Penal vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos, en perjuicio de la ciudadana MILAGROS DEL VALLE GUACARAN; prevista en el artículo 620 literal f, y desarrollada en el artículo 628 ambos de la Ley Orgánica p.....