Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado VICTOR JOSE HERNANDEZ RODRIGUEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-21.080.938, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 16-03-1989, de 18 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, hijo de los ciudadanos FERMIN HERNANDEZ (V) y JULIA RODRIGUEZ (V), residenciada en: Calle la Línea, casa N° 25, Barrio Tierra Adentro, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, por la comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previstos y sancionados en el 3° Aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicos y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado.....