Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción judicial del estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, NIEGA la solicitud de medida de Prohibición de enajenar y gravar solicitada en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, hubieren incoado los ciudadanos LUIS YAIL COA FLORES y MILAGROS DEL VALLE DROZ ALCALA, venezolanos, mayores de edad, de este mismo domicilio en Barcelona Estado Anzoátegui, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.320.773 y 15.874.883 respectivamente, representados por sus apoderados judiciales LOURDES REYES, JORGE SALAZAR Y ANGEL SALAZAR, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 27.558, 55.112, y 119.167, respectivamente, en contra los ciudadanos ROSA MARIA VARGAS GUZMAN y LARRY EDUAR FIGUERA DIAZ, Titulares de las cedulas de identidad Nros. 8.238.420 y 14.1.....