Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de COLOCACIÓN FAMILIAR, propuesta por la Fiscal Décimo Primera del Niño, Niña y Adolescente del Estado Anzoátegui, Abg. EGRIS LIRA ZAMBRANO, a requerimiento de los ciudadanos DAMELIS TOVAR y BRIGIDO RAFAEL MENDOZA VARGAS, venezolanos, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-11.415.997 y V-5.196.676, actuando en representación de los niños "ZUNIAGA MENDOZA", de actualmente de cinco (05) y seis (06) años de edad, y en consecuencia se decreta la Colocación Familiar bajo la modalidad de Familia Extendida de los niños antes mencionados, a ejecutarse en el hogar de los ciudadanos DAMELIS TOVAR y BRIGIDO RAFAEL MENDOZA VARGAS, arriba identificados.....