Siendo de esta manera las cosas, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Anaco de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción de Amparo Constitucional ejercida por la empresa BOHAI DRILLING SERVICE DE VENEZUELA, S.A, a través de su Apoderado Judicial Abg. SANDRA MIRABAL LUNA, en contra de la SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO ANACO y en consecuencia, se decreta la Nulidad absoluta del acto administrativo y subsecuentemente a ello, extinguido sus efectos por las razones antes expresadas, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Constitución de 1999, en concordancia con los artículos 29 y 32 de la Ley Orgánica de Amparo y que la presente decisión en ningún momento abarca a lo referente a la procedencia o no, del pago al impuesto municipal por cuanto no forma parte de .....