Se acuerda Aperturar el proceso a Juicio Oral y Público, seguido a los acusados XAVIER JOSE MARIN MARTINEZ, EUFRANKLIN JAVIER RUIZ HERNANDEZ y RENY JOSE NICHOLS FIGUEROA, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Articulo 458 del Código Penal, y para el imputado RONALD DANIEL JIMENEZ VILLARROEL, el delito de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los artículos 458 y 277 del Código Penal, en perjuicio de ANTOINE MOUSABER, de conformidad con lo establecido en el articulo 331 del Código Orgánico Procesal Penal.
Se ordena a la Secretaria remitir las actuaciones al Tribunal de Juicio respectivo en el lapso legal correspondiente. Así mismo se insta a las partes a concurrir al Tribunal de Juicio correspondiente dentro de los cinco (05) días siguientes a la celebración de esta audiencia. Se deja constancia que la presente Audiencia Preliminar se dio Cumplimiento a los Principios Generales .....